Operaciones exentas de IVA: cuando no se repercute
Las operaciones exentas de IVA son actividades que, por ley, no llevan IVA: no lo repercutes a tu cliente. Suelen serlo la sanidad, la educación reglada o ciertos servicios financieros. A cambio, normalmente tampoco puedes deducir el IVA de tus gastos asociados.